Si una vivienda es privativa de uno de los cónyuges y se casa en separación de bienes y sigue pagando su hipoteca, el otro cónyuge no podrá reclamarle nada.
A pesar de ello, si el otro cónyuge con su dinero privativo invierte en algún momento en la hipoteca, obras, reformas o mejoras sí que tendrá derecho al reembolso de dicha cantidad, pues constituye un derecho de crédito.
Los gastos de uso y suministros no podrán ser reclamados, pues en definitiva son consumidos por la familia.
Vivienda privativa con hipoteca quién tiene derecho al uso y disfrute
Una cosa es que la casa sea de uno de los cónyuges y que en separación de bienes venga abonando la hipoteca, y otra totalmente diferente es el derecho de uso y disfrute que habrá que valorarlo de manera totalmente independiente.
Si la vivienda privativa con hipoteca no constituye domicilio familiar, el propietario tendrá derecho a disponer plenamente del uso del inmueble.
Por el contrario, si la vivienda es el hogar familiar pues está destinado a domicilio conyugal, el derecho de uso será una cuestión que deberá de determinarse en el proceso de separación o divorcio.
Se tendrá en cuenta como elemente preferencial quién es el propietario, pero también la situación de ambos cónyuges para tener preferencia de uso el cónyuge que se haya en una situación más desfavorecida, según la jurisprudencia durante un plazo que en circunstancias ordinarias no debería superar el año.
A pesar de lo antedicho, el criterio que puede ser el determinante para la atribución del uso y disfrute de la vivienda, con independencia de cuál de los cónyuges sea su propietario, es la existencia de hijos comunes menores, pues el progenitor custodio tendría preferencia en la atribución en compañía y cuidado de los menores hasta que alcanzaran la mayoría de edad. Por tanto, el criterio fundamental en separaciones y divorcio con hijos, es la atribución de la guarda y custodia.

Vivienda privativa por compra en separación de bienes durante el matrimonio.
La propiedad de una vivienda será privativa si la compra se ha efectuado estando casados pero en separación de bienes. Incluso, al tener patrimonios distintos, separados e independientes los cónyuges con la separación de bienes sería posible haberla adquirido en porcentaje.
El régimen económico matrimonial de separación de bienes supone que el patrimonio de los cónyuges no llega a mezclarse, sino que cada uno de los cónyuges será el titular de los derechos y obligaciones que concierte.
Vivienda privativa comprada por porcentaje en separación de bienes.
Si existe una vivienda privativa adquirida por el matrimonio en separación de bienes en porcentaje, lo que estar constituido es un proindiviso. ¿Qué es un proindiviso? Se trata de un inmueble cuya propiedad no es en su pleno dominio de una persona, sino que existe una pluralidad de personas que son propietarios distinguiendo en favor de cada uno de ellos un porcentaje concreto.
Vivienda privativa comprada en separación de bienes con hipoteca de ambos cónyuges
Lo normal es que si la vivienda es comprada por ambos cónyuges la hipoteca también sea concertada por ambos. En caso de que se trate de una vivienda de uno de los cónyuges pero la hipoteca se pretenda concertar en favor de ambos cónyuges, se deberá de entender que no es una situación compensada, pues un propietario será el dueño da la casa, que es lo bueno, y los dos responsables de la hipoteca, que es lo malo.
Vivienda privativa por compra antes del matrimonio
En el caso de haber comprado la vivienda privativa antes del matrimonio estaremos ante viviendas privativas por compra estando solteros. Otra cuestión diferente es que después los cónyuges se casen que, en todo aso supondrá posibles derechos de compensación de créditos en caso de que se mezclen las aportaciones destinadas a la vivienda y no sean abonadas por el propietario.
Debemos de separar las cuestiones familiares de las patrimoniales. En caso de querer comenzar un proyecto familiar se deberá de valorar si eso es lo importante, o si tiene mayor peso los bienes o deudas patrimoniales. Lo normal es que todo vaya acompasado y equilibrado, por ello, se recomienda acudir al abogado de familia para construir las relaciones familiares en base a unos conocimientos jurídicos acertados.